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Recibiendo los Beneficios de Permiso Pagado: Lo Que Trabajadores en el Estado de Nueva York Necesitan Saber

Nueva York ha aprobado legislación de emergencia para proveer asistencia a trabajadores afectados por COVID-19, tal como protecciones permanentes que puedan ayudar a los trabajadores durante esta crisis. Trabajadores a lo largo del estado de Nueva York que han sido afectados por COVID-19 puedan ser elegibles para permiso bajo ley estatal o local. Dependiendo de cual ley un trabajador esté usando para tomar permiso, el proceso de solicitud y los requisitos de notificación y documentación puedan variar.

Si usted califica para tiempo de enfermedad bajo la Ley de Pago de Días de Enfermedad y Seguridad de la Ciudad de Nueva York:

  • Solicitud: Este beneficio es proveído directamente por su empleador por lo que no necesita aplicar.
  • Notificación: Para licencia que sea necesaria inmediatamente usted solamente tiene que notificar a su empleador lo antes posible. Sin embargo, para licencia anticipada (licencia del cual usted tenga conocimiento antes de que sea necesaria) usted pueda ser obligado ha proveer notificación a su empleador con hasta 7 días de anticipación.
  • Documentación: Pueda ser que usted necesite proveer documentación a su empleador (por ejemplo, una nota de su médico) si usted usa el tiempo de enfermedad por más de tres días laborales consecutivos. Sin embargo, comenzando el 30 de septiembre, 2020, si su empleador solicita una nota médica, el debe de reembolsarle cualquier tarifa que su proveedor medico le cobre para proveerle la documentación.

Si usted califica para tiempo de enfermedad bajo la Ley de Tiempo de Enfermedad Pagado del Estado de Nueva York:

  • Solicitud: Este beneficio es proveído directamente por su empleador por lo que no necesita aplicar.
  • Notificación: Aunque la ley no provee requisitos particulares con respecto a la notificación, usted posiblemente tendrá que proveer un pedido verbal o escrito a su empleador antes de usar su tiempo de enfermedad ganado. 
  • Documentación: Es posible que tenga que proveer documentación a su empleador (por ejemplo, una nota de su médico) si usted usa el tiempo de enfermedad por tres días laborales consecutivos.

Si usted califica para licencia pagada bajo la Ley de Licencia por Vacunacíon contra el COVID-19 del Estado de Nueva York:

  • Solicitud: Este beneficio es proveído directamente por su empleador por lo que no necesita aplicar.
  • Notificación: Aunque la ley no provee requisitos particulares con respecto a la notificación, usted posiblemente tendrá que proveer un pedido verbal o escrito a su empleador antes de usar su tiempo por vacunación contra el COVID-19. 
  • Documentación: Aunque la ley no provee requisitos particulares con respecto a la documentación, es posible que su empleador requiera prueba de su vacunación contra el COVID-19. 

Si usted califica para licencia pagada bajo la Ley de Licencia por Vacunación Infantil contra el COVID-19 de la Ciudad de Nueva York:

  • Solicitud: Este beneficio es proveído directamente por su empleador por lo que no necesita aplicar.
  • Notificación: Para licencia que sea necesaria inmediatamente usted solamente tiene que notificarle a su empleador lo más antes posible. Sin embargo, para licencia anticipada (licencia de la cual usted tenga conocimiento antes de que sea necesaria) usted pueda ser obligado ha proveer notificación a su empleador con hasta 7 días de anticipación.
  • Documentación: Es posible que tenga que proporcionar documentación de que su hijo ha recibido una inyección de la vacuna COVID-19 a su empleador.

Si usted califica para permiso o beneficios bajo la Ley de Permiso por Enfermedad de Emergencia del Estado de Nueva York:

  • Solicitud:
    • Si usted solamente necesita permiso por enfermedad de emergencia y su empleador tiene 11 o más empleados, este beneficio es proveído directamente por su empleador por lo que no necesita aplicar.
    • Si necesita permiso pagado para un período más largo de lo ofrecido por permiso por enfermedad de emergencia, o si su permiso por enfermedad de emergencia es sin paga (como explicado a continuación), usted necesitará solicitar los beneficios especiales de discapacidad o permiso familiar pagado. Para instrucciones paso a paso para cómo solicitar los beneficios especiales de discapacidad y permiso familiar pagado, vea página 4 a continuación.
      • Si su empleador tiene 10 o menos empleados y ingresos neto anual de $1 millón o menos en el último año fiscal, su permiso por enfermedad de emergencia será sin paga. Para recibir paga, necesitará solicitar beneficios especiales de discapacidad y permiso familiar pagado.
      • Si su empleador tiene entre 11 y 99 empleados o 10 o menos empleados y ingresos neto anual de más de $1 millón en el último año fiscal, su permiso por enfermedad de emergencia será pagado por un período de 5 días calendario. Para recibir paga por un período más largo, usted necesitará solicitar los beneficios especiales de discapacidad y permiso familiar pagado.
      • Si su empleador tiene 100 o más empleados o si usted trabaja para un empleador público, su permiso por enfermedad de emergencia será pagado por un período de 14 días calendario.
    • Notificación:
      • Si usted está solamente tomando permiso por enfermedad de emergencia proveído directamente por su empleador, la ley no tiene requisitos de notificación específicos.
      • Si usted está tomando beneficios especiales de discapacidad o permiso familiar pagado, usted pueda ser obligado ha notificar su empleador lo antes posible.
    • Documentación:
      • Aunque no existen reglas específicas sobre documentación para permiso por enfermedad de emergencia que sea proveído directamente por su empleador, usted solamente tiene derecho a este beneficio si usted tiene una orden específica de cuarentena o aislamiento. Si su empleador pide documentación relacionado a su solicitud para esa orden incluyendo la determinación por su proveedor de servicios médicos que usted debe quedarse en casa debido a una prueba de coronavirus o síntomas, usted debe prepararse para proveer esa información.
      • Usted puede llenar un formulario emitido por el estado afirmando su necesidad de estar en cuarentena o aislamiento, lo cual cuenta como suficiente documentación para propósitos del permiso por enfermedad de emergencia.
        • Además, algunas ciudades y condados a lo largo del estado de Nueva York han emitido órdenes de aislamiento/cuarentena, o han establecido portales en línea para obtener tal orden. Usted debe chequear si su condado ha emitida una orden o creado un procedimiento específico para obtener una orden. Para encontrar su Departamento de Salud local, haga clic aquí (en inglés).
      • Si usted está tomando beneficios especiales de discapacidad o permiso familiar pagado, usted tendrá que proveer una copia de la orden de cuarentena o aislamiento suya (o la de su hijo(a) dependiente menor) con su solicitud para los beneficios especiales de discapacidad o permiso familiar pagado. Afirmaciones de aislamiento y cuarentena, los cuales cuentan como suficiente documentación para los beneficios especiales de discapacidad o permiso familiar pagado, están disponibles aquí para que pueda llenarlos.
        • También puede hacer clic aquí para más información sobre cómo obtener una orden de cuarentena o aislamiento.
    • Licencias Sucesivas:
      • Si usted es o previamente fue sujeto a un periodo de cuarentena o aislamiento obligatorio y después recibió una prueba de COVID-19 positiva, la documentación de su prueba positiva subsiguiente será suficiente para calificarlo para Permiso por Enfermedad de Emergencia del Estado de Nueva York. Usted no necesita someter documentación de una prueba positiva si su empleador le administró la prueba de COVID-19 que resultó positiva. Para más información, véase aquí (página web en inglés).

¿Cómo solicito beneficios especiales de discapacidad y permiso familiar pagado?

Paso 1: Notifique a su empleador que estará tomando permiso.

Notifique a su empleador que usted necesita tomar beneficios especiales de discapacidad y permiso familiar pagado lo antes posible.

Paso 2: Averigüe la aseguradora de su empleador para seguro de discapacidad y permiso familiar pagado.

Próximo, pregúntele a su empleador cual es su aseguradora de discapacidad y permiso familiar pagado. Usted le puede preguntar a su supervisor o, si existe, el Departamento de Recursos Humanos o de Nóminas. Usted también puede buscar el nombre de la aseguradora de discapacidad y permiso familiar pagada de su empleador aquí (en inglés). Si todavía no puede identificar la aseguradora, llame la línea de ayuda para Permiso Familiar Pagado del Estado de Nueva York al (844) 337-6303.

Paso 3: Obtenga un formulario de reclamación.

Para aplicar, usted necesitará un formulario de reclamación para discapacidad o permiso familiar pagado para el tipo de permiso que usted estará tomando: cuarentena para si mismo, cuarentena para su hijo(a) dependiente menor. Usted puede descargar los formularios del sitio web del estado (en inglés).

Paso 4: Llene las secciones para empleados en ambos formularios de reclamación.

Llene las secciones en los formularios de reclamación que les corresponda al empleado y mantenga una copia para sus archivos.

Paso 5: Entregue los formularios a su empleador.

Entregue los formularios a su empleador. Ellos tendrán que proveer la información pertinente en su reclamación, como cuanto tiempo usted ha sido empleado y cuanto gana. Su empleador está obligado ha llenar las secciones que le correspondan al empleador y entregarle a usted los formularios dentro de 3 dias laborales Si su empleador no le entrega los formularios a usted, llámenos al 1-833-633-3222.

Paso 6: Obtenga la documentación de la necesidad de permiso.

Como parte de la solicitud a su aseguradora de discapacidad y permiso familiar pagado, usted necesita presentar una afirmación de aislamiento o cuarentena o una copia de la orden de cuarentena o aislamiento suya o de su hijo(a) dependiente menor emitida por el estado, departamento de salud, junta local de salud, o entidad gubernamental.

Si usted no puede obtener inmediatamente la orden de una de las entidades mencionadas anteriormente, usted puede presentar documentación de un proveedor médico licenciado que indique la razón por la cual usted califica para una orden obligatoria o preventiva de cuarentena o aislamiento y presente una copia de la orden a la aseguradora de discapacidad o permiso familiar pagado lo antes posible. Departamentos de Salud locales deben proveer órdenes solicitadas dentro de 30 días.

Paso 7: Presente la solicitud a la aseguradora de discapacidad o permiso familiar pagado.

Cuando usted haya completado estos pasos, presente su solicitud a la aseguradora de discapacidad y permiso familiar pagado de su empleador. La aseguradora debe pagar o negar su reclamación dentro de 18 días calendario de recibir su solicitud y debe notificarle si existe algún problema con su solicitud. Usted no necesita que su reclamación sea aprobada para comenzar su permiso. Si usted no recibe alguna comunicación de la aseguradora dentro de 18 días, llámenos al 1-833-633-3222.

Worker-info-Application-Notice-Documentation-12.10.20-SPANISH

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